El Gobierno Vasco ha publicado la ORDEN de 24 de julio de 2019, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se aprueban, para el año 2019, las bases de la convocatoria de ayudas a la cooperación, previstas en el Decreto 43/2017, de 14 de febrero, por el que se establece la normativa marco de las ayudas previstas en el Programa de Desarrollo Rural de Euskadi 2015-2020.
Ese tipo de ayuda, queda reflejada en el Programa de Desarrollo Rural del País Vasco 2015-2020 en la medida M16 «Cooperación», que a su vez se divide en siete submedidas, que concretan diversos aspectos de la cooperación. Estas medidas fomentan la cooperación para avanzar, a través de la innovación, en la competitividad del medio rural, impulsan el desarrollo de cadenas de distribución cortas y la promoción de los mercados locales, y potencian la participación y cooperación del sector en los proyectos de innovación.
Dentro de las ayudas a la cooperación, se establecerán las siguientes líneas de ayudas:
1.– Ayudas a la creación y funcionamiento de Grupos Operativos de la Asociación Europea de Innovación (AEI) en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas, que se desarrollan en el Capítulo II de las presentes bases.
2.– Ayudas al desarrollo de nuevos productos, prácticas, procesos y tecnologías, en los sectores agrícola, alimentario y forestal, que se desarrollan en el Capítulo III de las presentes bases.
3.– Ayudas a la cooperación entre pequeños agentes para organizar procesos de trabajo en común y compartir instalaciones y recursos, así como para el desarrollo o la comercialización de servicios turísticos, que se desarrollan en el Capítulo IV de las presentes bases.
4.– Ayudas a los agentes de la cadena de distribución que cooperen entre sí, para la comercialización y promoción de sus productos, mediante la puesta en marcha o el desarrollo de canales cortos de comercialización y mercados locales, y las actividades de promoción en un contexto local, que se desarrollan en el Capítulo V de las presentes bases.
5.– Ayudas a la cooperación entre agentes para el desarrollo de acciones conjuntas realizadas para la mitigación o adaptación al cambio climático, así como planteamientos conjuntos con respecto a proyectos y prácticas medioambientales en curso, que se desarrollan en el Capítulo VI de las presentes bases.
6.– Ayudas a la cooperación horizontal y vertical entre los agentes de la cadena de distribución en el suministro sostenible de biomasa destinada a la elaboración de alimentos y a la producción de energía y los procesos industriales, que se desarrollan en el Capítulo VII de las presentes bases. N.º 150 viernes 9 de agosto de 2019 BOLETÍN OFICIAL DEL PAÍS VASCO 2019/3823 (4/55)
7.– Ayudas a la cooperación para la diversificación de actividades relacionadas con la atención sanitaria, la integración social, la agricultura respaldada por la comunidad y la educación sobre el medio ambiente y la alimentación que se desarrollan en el Capítulo VIII de las presentes bases.
Plazo de 2 meses desde su publicación.